Planes de empleo de promoción conjunta

Contrata la empresa para toda su plantilla. Nadie puede quedar excluido.

Las aportaciones, en cambio, pueden variar en función de la categoría laboral.

  • La empresa solo puede acceder a este dinero para constituir otro contrato de seguro u otro plan de pensiones de empleo.
  • Si la relación entre la empresa y el empleado finaliza antes de la jubilación, es el trabajador quien puede acceder al capital acumulado para contratar un producto de previsión similar.

Modelo de aportación definida, donde queda definida la aportación y la prestación no se conoce hasta que ocurra la contingencia (fallecimiento, invalidez, paro, dependencia y supuestos especiales).

  • Promotor (empresa) y partícipes (empleados).
  • Modalidad de aportación definida y máximo de aportación al plan 8.000€/año.

Garantías, prestaciones y liquidez

Contingencias cubiertas: Jubilación, Fallecimiento, Incapacidad absoluta y permanente para cualquier profesión, Incapacidad total y permanente para la profesión habitual y Dependencia severa o gran dependencia.

Prestaciones: en forma de capital, renta, prestación mixta u otras formas de pago sin periodicidad regular.

Supuestos excepcionales de liquidez: Enfermedad Grave. Desempleo de larga duración.

Ventajas para la empresa

  • Aportaciones deducibles en el impuesto sobre sociedades.
  • No están sujetas a retención ni ingreso a cuenta.
  • Beneficio social con menor coste que el salario líquido. Los costes son conocidos y controlables.
  • Elemento de motivación, atracción y fidelización del trabajador.

Ventajas para el empleado:

  • Derechos consolidados propiedad de los trabajadores.
  • Aportaciones empresa tienen efecto neutro sobre la base imponible del Trabajador y no están sujetas a retención.
  • Cada empleado puede establecer su propio plan de ahorro.
  • Aportaciones voluntarias.
  • Diferimiento fiscal = tributación efectiva menor.

Ventajas Para el Empresario Autónomo en régimen de estimación directa puede deducir como gasto en su base imponible:

  • Las aportaciones imputadas a sus empleados.
  • Además puede reducir la base imponible del IRPF con sus propias aportaciones al Plan.
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