Seguros de ahorro colectivos

Compromisos por pensiones

Dentro de los topes legalmente establecidos por la ley (30% del salario bruto anual) o por la empresa, es el trabajador quien decide la aportación o no al sistema, la cuantía y la renovación de aportaciones futuras mediante la correspondiente novación de contrato.

  • La empresa decide qué trabajadores participan del sistema, pudiendo ser un único afectado dentro de todo el colectivo de trabajadores.
  • La empresa puede compatibilizar esta fórmula retributiva con los programas internacionales de retribución en empresas de ámbito multinacional.
  • Prestaciones aseguradas: jubilación, invalidez, fallecimiento y desempleo.
  • Mejoras fiscales de amplio espectro: reducción de IRPF, exención y minoración en el Impuesto de Patrimonio y tributación según escala del Impuesto de Sucesiones por fallecimiento.
  • Cobro de las prestaciones en forma de renta (jubilación e invalidez) para diluir el impacto fiscal del cobro.

Planes de ahorro garantizados para empresas / instituciones

Premios de jubilación para socios y empleados

Prejubilaciones

Bajas incentivadas o de mutuo acuerdo

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